Revisión de la problemática del aborto en Alto Paraná
Maria Luisa Hermosilla, Rosa Elizabeth Dávalos Giménez, Felisa Arévalos de López, Elizabeth Rocio Barreto Hellmann, Derlis Rubén Armoa Florentín y María Julia Bogado Alves
Universidad del Norte
Resumen
La investigación es cuantitativa no experimental, descriptiva, observacional y transversal. Se tomó una población de distintas carreras: Odontología, Medicina, Ingeniería en informática, Ingeniería Agronómica y Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de la Universidad Privada del Este Sede Central, utilizando el método no probabilístico con la técnica de muestra accidental. Como recolector de datos fue utilizado el cuestionario. El trabajo tiene como objetivo general: Determinar las posturas del alumnado de diferentes carreras de universidad de referencia. El marco teórico menciona el aborto como: la interrupción del proceso fisiológico del embarazo causando limitación del desarrollo del feto dentro o fuera del útero materno, antes de que el embrión haya alcanzado los ciento ochenta días de gestación, que puede ser espontáneo y/o provocado. Se garantiza su protección, en general, desde su concepción. En nuestra Legislación el Aborto no tiene la misma penalidad que el homicidio (homen cederé), hombre caer; pues la matanza de un feto no tiene categoría de asesinato razón por la cual tiene una sanción más leve y un asesinato una sanción más grave. Los resultados mostraron las posturas inequívocas de los respondientes, hacia el aborto, quienes indican desacuerdo, sin embargo, un porcentaje mínimo, pero no menos importante indican acuerdo en casos específicos mostrados en los resultados.
Palabras claves: aborto. legislación. alumnos. percepción.
Introducción
El derecho fundamental como el derecho a la vida, a la libertad y a la consecución de la felicidad, sin duda los dos últimos derechos carecen de significado si no se respeta el primero. El derecho a la VIDA es el más fundamental de los derechos de la persona humana; violarlo, destruir una vida, matar a un ser humano de cualquier edad o en cualquier etapa de su desarrollo – ya sea se encuentre dentro del seno materno o fuera del él – es un Crimen contra Dios y la humanidad. Esta investigación tiene como objetivo determinar las posturas del alumnado de las carreras de Medicina, Agronomía, Informática, Odontología y Derecho de una Universidad de referencia, con respecto al aborto.
El que una adolescente quede embarazada limita la oportunidad que siga estudiando, que culmine una carrera, de querer crecer como persona porque cuando esto pasa se tiene que preocupar por ese nuevo ser que lleva en su vientre y desgraciadamente en el mayor de los casos no tiene apoyo y protección ya sea de los padres o de su pareja, o en muchos casos por haber sido víctima de violación, son algunos de los motivos que llevan al aborto.
En una sociedad en la que se multiplican los atentados contra la vida humana, en la que no se reconoce el valor a los principios morales, en la que el máximo ideal es el bienestar y en la que la sexualidad aparece desprovista de su dimensión espiritual, el recurso al aborto no se presenta sino como una espontánea consecuencia.
Problema distinto del hasta ahora tratado es el de su legalización. No se ignora los argumentos que se invocan a favor de la legalización del aborto: complicaciones del aborto clandestino, desigualdades sociales como consecuencia del llamado turismo abortivo, invocación del mal menor y del pluralismo social.
Es un problema en la sociedad moderna que sucede entre los protagonistas que son: niñas, adolescentes y jóvenes e incluso personas mayores. Este acto se encuentra regulada en la Carta Magna en el Art. 4 donde expresa sobre el Derecho a la Vida, en las legislaciones: De la Niñez y Adolescencia en su art. 9 hace mención de la Protección, y en el Código Penal en su art. 109 establece sobre el ABORTO en su inc. 1. ̈El que matare a un feto será castigado con pena privativa de libertad ̈. En este caso el bien jurídico protegido es la vida del feto o vida humana dependiente que tiene protección Constitucional y la de la propia Madre.
Feto, dependiente que corre riesgo de su eliminación por medio del aborto, al que podemos definir como la interrupción y expulsión intencional, deliberada y directa del seno materno de una vida humana en la etapa inicial de su existencia que se inicia con la concepción hasta el nacimiento.
Sin embargo, la conciencia de personas activas al servicio de la sociedad, está obligada a proclamar que el inviolable respeto a toda vida humana es un principio tan fundamental que debe estar legalmente salvaguardado. Una sociedad en la que el derecho a la vida no está realmente protegido, es una sociedad intrínsecamente amenazada. Por ello aun siendo verdad que el legislador no está obligado siempre a penalizar toda infracción moral, es deber suyo, en razón del bien común, la defensa y la protección de toda vida humana.
Breve reseña
Problemas vinculados a la protección de la vida, el aborto, la pena de muerte y la eutanasia
Según Ramírez Candía Derecho Constitucional Paraguayo Tomo I. Aborto: es la expulsión voluntaria del feto del seno materno causándole la muerte. Esta circunstancia no se halla admitida en el ordenamiento jurídico nacional, habida cuenta en el art. 4 de la Constitución extiende la garantía protectora de la vida al feto que se encuentra en el seno materno. La disposición que declara la protección de la vida en general desde la concepción y la legislación infra constitucional no han establecido casos de excepcionalidad para permitir la muerte voluntaria del feto. Ni siquiera “la muerte indirecta por estado de necesidad en el parto”, prevista en el art. 109 del C.P. puede ser considerado como una admisión del aborto terapéutico que consiste en la muerte del feto provocada para salvar la vida de la madre.
Todo este conjunto de medidas represivas quiere fundamentarse, en la indignidad que para el marido supone no tener descendencia, puesto que la fundamental obligación de la mujer en el pensamiento romano, era de dar hijos a su marido (Chaves, Chaves 1958).
Paraguay: Derecho Penal Aborigen. Por una cuestión de método haremos una somera referencia al Derecho Penal Precolombino, tomando como base al Dr. Luis Martínez Miltos (“Derecho Penal, 2da Parte), quien nos señala que la ausencia de leyes escritas y la poca confianza en las transmisiones verbales, a las que se suman el atraso en los conocimientos científicos en la época y los prejuicios religiosos, constituía verdaderas vallas de hecho que dificultaron sobremanera el conocimiento adecuado del sistema penal indígena.
No obstante, sobresalen algunas características comunes del Derecho Penal del Pueblo Indígena, que se exteriorizaron en todos los pueblos originarios con equivalente proceso cultural, siendo algunas de ellas el animismo mágico y los tabúes. Martínez Miltos cita a Juan José Soler (/1954) (“Introducción al Derecho Paraguayo”), al decir:
“La violación de estas prohibiciones acarreaba castigos durísimos. Soler cita como ejemplo de ellas entre los guaraníes, las siguientes: el marido no podía cazar ni fabricar instrumentos de guerra durante el embarazo de la mujer. También regía entre ellos el tabú del incesto, de las relaciones sexuales entre consanguíneos. Entre los guaraníes el acceso carnal con una mujer impúber era castigado con la pena de muerte”.
Debemos señalar también, siguiendo siempre a Soler, que la responsabilidad no era estrictamente individual, al alcanzar, en los delitos graves, la pena también al grupo familiar. Ente los Guaraníes y Charrúas el homicidio producía venganzas familiares o tribales. Incluso existió un primitivo sistema de composiciones tendientes a compensar el daño producido por los delitos. El adulterio, cuyo castigo era la muerte en algunas tribus, podía ser objeto de compensación. Como ya lo señalamos, también tubo vigencia la venganza, originadora de verdaderas guerras tribales.
En el período colonial la población estaba regida por las Leyes de Partidas, amalgama de cédulas, previsiones y ordenanzas emanadas del rey de España, normal que contenían numerosas pautas penales de carácter especialmente modificador, entre las que sobresalen el Ordenamiento de Alcalá (1348), las Ordenanzas Reales de Castilla (1484), las Leyes de Toro (1505) y la Nueva Recopilación (1805). Sin desdeñar, dentro de esa esfera, que las resoluciones de virreyes y gobernadores, aunque ésas eran más del orden policial-administrativo, podían aplicar penas enérgicas y graves, incluso la pena de muerte circunstancia indicadora de lo disperso que se encontraba en esa época el acervo jurídico, con excesivas, hecho que conspiraba contra el principio de prevención general, norte de todo orden penal (López Cabral, 2015).
El aborto es un tema tan delicado en los tiempos modernos
En nuestra opinión como investigadores, este flagelo, tiene mucho que ver con la falta de educación, el disvalor social, el consumismo, el poner a todo un valor pecuniario. Últimamente nuestro país es criticado por los casos mediáticos de niñas embarazadas, la mayoría, productos de violaciones, incestos y tantos otros motivos; escuchamos reacciones diferentes, pero esto no significa que son casos nuevos ni aislados solo significan que son ventilados por los diferentes medios de comunicación. La Educación debería empezar por casa, las charlas sobre sexualidad deben dejar de ser un tema TABU para las familias pues si los jóvenes no aprenden en el hogar que es el mejor colegio, aprenden de cualquier otra fuente o mucho peor no aprenden.
En consecuencia a estos resultados hemos visitado Centros de Salud de Ciudad del Este, para poder verificar in situ la situación en que se encuentran los hospitales estatales, demás está decir la situación calamitosa en que los profesionales de blanco deben desenvolverse para realizar sus trabajos, fuimos con el afán de conseguir información sobre la práctica del aborto, cuantas personas acuden al nosocomio por consecuencia de esta práctica que bien sabemos se realiza en forma clandestina, ya que es ilegal la realización voluntaria del mismo; lastimosamente no se cuenta con documentos que nos acredite para tener tal información, lo cual para nosotros fue muy positivo eso demuestra la responsabilidad del personal pues dichas informaciones deben ser privadas y no pueden ser divulgadas a cualquier persona.
Materiales y métodos
La investigación corresponde al diseño post-facto, descriptivo, observacional y transversal, pues es cuando un experimento se realiza después de los hechos. Por su método no se trata de un verdadero experimento pues en él, el investigador no controla ni regula las condiciones de la prueba, pero si puede considerárselo como tal si nos atenemos al procedimiento.
Conforme adelantamos anteriormente, se tomó como elementos muestrales a 131 alumnos de Facultades de Medicina, Agronomía, Odontología, Ingeniería en Informática y Derecho de la Universidad involucrada. Se utilizó el método no probabilístico, con la técnica de muestra accidental. Como recolector de datos se utilizó el instrumento cuestionario, con preguntas y opciones de respuestas, el mismo fue elaborado por los investigadores, que para la validación se realizó una prueba piloto.
Resultados y Discusión
La tabla 1 presenta la distribución de los elementos muestrales, en las diferentes facultades que estuvieron involucradas. Y la tabla 2 la distribución por sexo.
Tabla 1.
Tabla 2.
Aquí se va presentando los resultados obtenidos. El cuestionario contiene diez preguntas, y se tomaron las que responden directamente al objetivo del trabajo.
Gráfico 1: El 14% de los encuestados han expresado que si están de acuerdo que si tuvieran un embarazo no deseado ya sea como mujer o como pareja estaría a favor del aborto y un 86% optaron por el no en absoluto.
Gráfico 2: En cuando al resultado por sexo tanto los hombres y las mujeres optaron por el no “al aborto” y en su minoría en ambos sexos está de acuerdo que se realice el aborto.
Gráficos 3 y 4: Un 72 % de los encuestados expresaron que no están de acuerdo que una mujer aborte sabiendo anticipadamente que tendrá un hijo con capacidades diferentes o mal formación congénita y sólo un 28 % están de acuerdo. En cuanto a la respuesta por sexo los hombres en su mayoría no están de acuerdo a que una mujer debe abortar según el cuestionario y loas mujeres en un menor porcentaje.
Gráficos 5 y 6: La mayoría de los encuestado han expresado que si aprueban que el aborto sea un Derecho de la mujer que equivale a un 56 % y sólo un 44% han expresado que no. Los hombres han expresado que si están de acuerdo que el aborto sea derecho de una mujer en tanto las mujeres en su menor porcentaje.
Gráficos 7 y 8: Según los respondientes, indican que las causas más frecuentes de aborto, es el embarazo precoz con 33%, seguido por presión de los padres, el 28%, y el no acompañamiento conyugal 23%, quedando en menor porcentaje problemas psicológicos por último otro causas con un porcentaje de 12%.
Consideraciones finales
A través del trabajo de investigación realizado sobre EL ABORTO EN LOS TIEMPOS MODERNOS, se concluye teniendo en cuenta el resultado de las encuestas realizadas a los alumnos de las carreras: Medicina, Odontología, Ingeniería en Agronomía, Ingeniería en Informática, Derecho, de una Universidad de referencia de Ciudad del Este; cumplido el objetivo propuesto y los mismos acogen los siguientes resultados.
Que, en la gran mayoría, los encuestados no están de acuerdo en que una mujer con embarazo no deseado, lleve a la practica el aborto prefieren que se llegue a término con el embarazo, y en porcentaje mínimo deciden llevar la interrupción del embarazo sin mediar las consecuencias, los daños físicos y psíquicos que esto acarrea al término de la acción.
Que la forma de interrupción del embarazo, el mayor porcentaje de los encuestados indican que son: envenenamiento, curetaje, cesárea y succión es lo que se lleva más a la práctica en lugares clandestinos incluso realizado por personas no profesionales de la salud. Que en cuanto a las opciones dadas entre abortar o dar en adopción a un recién nacido no deseado por la mujer, la gran mayoría indicaron que prefirieren que se de en adopción, salvaguardando así la vida del nuevo ser.
Que en relación a que la mujer deba abortar en el caso de que sepa anticipadamente que tendrá un hijo con capacidades diferentes o mal formación congénita, señalaron que están en desacuerdo con el aborto que es un ser al cual se debe dar una oportunidad de vivir, por más difícil que sea la convivencia con los mismos, por más que en nuestro país no haya centros asistenciales para personas con esos problemas. Que con referencia a que las personas que practican el aborto deberían ir a prisión, están de acuerdo ya que nuestra legislación en su art. 109 del Código Penal castiga con una pena privativa de libertad a la persona que lleva a la práctica del aborto. En cuanto a la cuestión correspondiente de que el aborto debería de ser un derecho de la mujer, un mayor porcentaje reaccionan positivamente y en menor porcentaje están en contra.
Al respecto que la Constitución Nacional deba legislar el aborto en caso de violación o coacción sexual, en porcentaje mayor no están de acuerdo y en su minoría deciden a que se legisle, un tema muy debatido en la actualidad es que por principios general de lo mencionado en el Artículo 4 de nuestra legislación de debe respetar mencionado en el DERECHO A LA VIDA. Que, con respecto a las causas más frecuentes de un aborto, fue mencionado el embarazo precoz y presión de los padres, esto hace reflexionar que la mayoría de las personas acuden a las practicas del aborto sin tener en cuenta y mediar las consecuencias de dicho acto criminal penado por nuestra legislación. Se resalta que la población no considera los riesgos en la que se expone al llevar a la práctica el aborto, por lo que cada vez va en aumento, en forma clandestina.
Que en la actualidad el aborto es un método para todos aquellos jóvenes que no quieren ser padres en su juventud y otros para evitar salvaguardar el nombre de la familia y no “avergonzarlos”; pero lo que hace falta a todos es saber que existen métodos anticonceptivos para evitar un embarazo no deseado y evitar de esta forma la fatal decisión de abortar para que según expresan no arruinen sus vidas a tan temprana edad. A esto también le podemos agregar que hace falta buena de educación sexual.
Reconocimientos
Este artículo fue presentado para la Convocatoria 2019 del Programa de Iniciación Científica e Incentivo a la Investigación (PRICILA) de la Universidad del Norte. PRICILA es gestionado por la Dirección de Investigación y Vinculación con el Entorno, con fondos proveídos por el Banco GNB en proceso de fusión y el Rectorado de la Universidad del Norte.
Referencias bibliográficas
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