Revista Jurídica 2023 15(1): 20-23

DOI

El imputado en el proceso penal paraguayo

Claudia Marlene Rolón Garay1

1Carrera de Derecho, Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Asunción, Paraguay

Consideraciones generales

El imputado es la persona quien para el Derecho Penal presumiblemente haya cometido un hecho punible y contra quien el Ministerio Publico inicia una investigación. Este individuo, que hasta ese momento no es más que un sospechoso, siempre respetando sus garantías procesales y constitucionales, no se lo puede considerar culpable del delito que se le atribuye por el principio de la Presunción de inocencia.

En el Proceso Penal Paraguayo es fundamental respetar y velar por el debido proceso al momento de sindicar a una persona como supuesto autor de un hecho punible y su posterior imputación, por lo que es importante resaltar ciertas cuestiones que podemos observar desde el momento en que una persona es imputada, ya que además de lo implica el proceso penal en sí, también debemos de tener en cuenta lo que significa socialmente para una persona ser imputada.

La defensa técnica del imputado

La tarea de los Abogados defensores es velar por los Derechos y garantías del Imputado en el proceso penal. Las leyes reconocen al Imputado derechos y garantías. La defensa técnica no implica defender lo que ha hecho el imputado o la conducta que se le atribuye , la defensa técnica consiste en hacer valer en el proceso penal sus derechos y garantías

Defensa de un imputado privado de su libertad

En estos casos seguro nuestro defendido ya habrá declarado , en tanto las legislaciones obligan a tomar la Indagatoria de inmediato , si no fuera así debemos procurar conversar con él en privado en su lugar de reclusión antes de su declaración y hacerle conocer nuestra opinión de que debe de abstenerse de declarar en ese momento

Una vez aceptado el caso de un Imputado, que no está detenido, es necesario comenzar a ejecutar nuestra estrategia mediante los primeros pasos tácticos de la defensa. Por lo pronto, lo que existe en la causa será la Imputación y la prueba básica que la respalda, esta será la versión del denunciante o querellante, si es que ya está constituido como tal. Para contrarrestar esta imputación, debemos hacer declarar a nuestro imputado y la producción de la prueba que sostenga dicha declaración

Declaración indagatoria

Las personas que presumiblemente estén vinculadas al hecho que se investiga son citadas a prestar declaración indagatoria cuando hubiesen sospechas de su participación delictiva. En el acto de la indagatoria podrá optar por abstenerse a declarar o manifestarse libremente en su defensa material y ofrecer en ese momento o cuando lo creyere conveniente la prueba de sus manifestaciones, del mismo modo podrá solicitar ampliar su declaración en actos posteriores, cuantas veces crea necesaria.

No obstante el hecho de que una persona sea sindicada como supuesto autor en un hecho punible y posteriormente sea imputada automáticamente lo criminaliza tanto jurídicamente y sobre todo socialmente, con el solo hecho de que una persona sea imputada, ya la sociedad lo condena, así que la imputación juzga ya socialmente a la persona, vulnerándose así su presunción de inocencia

Por lo que es de suma importancia que la figura del Imputado en el proceso penal tenga la debida protección jurídica a través de los derechos y garantías constitucionales contemplados en la legislación nacional, haciendo mayor énfasis a la Presunción de inocencia, por lo que al ser Imputado en un proceso penal claramente no lo hace responsable en todos los clases del hecho punible que se le atribuye.